A). – Siguiendo una línea del tiempo en la Historia, nos situamos en la fecha 2 de agosto de 1821, Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu, llega a la ciudad de Puebla, para el 5 de agosto, es agasajado grandemente por el obispo don Antonio Joaquín Pérez, para ello dispuso de la catedral una solemne función a pretexto de la jura de la independencia.
En ese acto el obispo pronunció un discurso, para el que tomo como texto el verso séptimo del salmo ciento veintitrés: “Quebrantosè el lazo y quedamos en libertad”.
Hizo un canto a la independencia y aduló hasta más allá de lo increíble su personaje Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu las lisonjas del obispo se abrieron camino hasta el corazón de Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu. Por este acto el obispo de Puebla don Antonio Joaquín Pérez, ambicioso y mediano prelado recibió consideraciones, beneficios que duraron durante todo el efímero imperio; no se duda que los consejos de Pérez influyeron en el ánimo del primer jefe del ejército a convertir el Plan de Iguala en su provecho.
“El 1º de marzo de 1821, Iturbide para darle solemnidad al movimiento político que acababa de emprender y en consecuencia, reunió en su alojamiento a los jefes de los cuerpos que se hallaban a la sazón en Iguala, a los comandantes de los puntos militares y demarcación y a los demás oficiales. Les expuso su plan político y les dijo que había dictado a las provincias conducentes al mejor éxito, y exhortó a todos a las circunstancias a coadyuvar al triunfo de su empresa”
“Iturbide agrego, estoy dispuesto a obedecer órdenes del general que se eligiese entre los jefes de mayor graduación, y que él no aspiraba a más premio que a defender la religión de sus padres y a procurar la independencia del país en que había nacido__ todos los jefes y oficiales presentes dijeron que estaban persuadidos de su integridad y de la resolución que había dictado sus últimas palabras, pero que ellos sólo servirían contentos a sus órdenes y que era la voluntad de la junta que admitiese el empleo y tratamiento de teniente general. Iturbide rehusó con firmeza esta alta distinción y lo único que le convenció fue que se le llamase primer jefe del ejército de las tres garantías”.
B). – En 1821 don Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan era jefe de armas en Sevilla España; restablecida la Constitución fue nombrado jefe político de dicha ciudad; AFILIADO A LA FRANCMASONERÍA ocupaba un alto puesto en esa asociación y por sus opiniones liberales, fue escogido por los hombres que entonces gobernaban en la metrópoli para que sostuviera con energía los principios constitucionales en la más importante de las colonias españolas.
El Virrey de la nueva España Juan José Ruiz de Apodaca, es relevado por el teniente general don Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan. Anclado el navío Asia, O’Donojú se traslado al castillo de San Juan de Ulúa, y el 3 de agosto paso a la ciudad de Veracruz, fue recibido con la solemnidad en casos semejantes. Tomó juramento ante el General Dávila, acto seguido se posesiono en el alto cargo de capitán general y jefe superior político de Nueva España, la nueva Constitución de Cádiz no reconocía el antiguo título de virrey.
SUCESOS PREVIOS AL ENCUENTRO
EN LA VILLA DE CÓRDOBA
El 5 de agosto de 1821, Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan envió al teniente de artillería Gual y al Capitán don Pedro Pablo Vélez con dos cartas, una particular y otra oficial al jefe del ejercito de las tres garantías; en la primera se acredita y el la segunda escribió así: “ Muy señor mío y amigo: permítame V. usar de este título, que me honra y deseo merecer,” invitándole después a un entendimiento sobre la base de las ideas que el mismo Iturbide había comunicado a Apodaca en su oficio del 18 de marzo ,(Plan de Iguala) y terminaba: “En sus manos, pues de V. está realizarlas, dando ,más realce a sus virtudes, y proporcionándome a mí el seguro pase que necesito para poder conciliar con usted desde la capital las medidas necesarias para evitar toda desgracia , inquietudes y hostilidad a esté precioso reino, en tanto que el rey y las cortes aprueban el tratado que celebremos y porque V. tanto ha anhelado”
Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu recibió a los comisionados en Puebla y contesto a Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan, diciéndole que se honraba en llamarle amigo y que celebraría que él pudiera sacar a favor de los españoles las ventajas que el mariscal de campo don Francisco Novella no podía. “V.E. está en el caso de hacer un buen servicio a este imperio, muy particularmente a España. Tendré particular satisfacción en contribuir a ello”. Señalaba, además, la villa de Córdoba para que se celebrase la entrevista, y ordeno a sus oficiales Villaurrutia, el Conde de san Pedro de Álamo y don Juan Cevallos que se dirigiesen a ese punto con una lucida escolta para recibir a Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan con toda clase de consideraciones.
El primer jefe del ejército trigarante llegó a la villa de Córdoba al anochecer del 23 de agosto; el pueblo salió masa a recibirlo, desenganchó las mulas de su carruaje y sustituyéndolas por las fuerzas de sus brazos, lo llevo así hasta el alojamiento que se había preparado, iluminando los vecinos sus casas y aclamando entusiasmados a su huésped Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan había entrado a Córdoba en la mañana del mismo día 23, en presencia de un brillante concurso Iturbide y O´Donojú se abrazaron y dieron muestra de cordial amistad y el primero, paso enseguida a saludar a doña Josefa Sánchez Barriga de O´Donojú. Al día siguiente, después de oír misa ambos jefes en el alojamiento de O´Donojú, concentraron rápidamente los importantes “tratados celebrados en la villa de Córdoba el 24 del presente mes, entre los señores don Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan teniente General de los ejércitos de España y don Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu jefe del ejército mexicano de las tres garantías”
EL CONTENIDO MÁS IMPORTANTE
DE LOS TRATADOS DE CÓRDOBA
El contenido más importante de los Tratados de Córdoba fue el siguiente: “…esta América se reconocerá por nación soberana independiente, y se llamara en lo sucesivo Imperio Mexicano” (previo juramente que designa el articulo 4° del plan de Iguala: Art. 4.- Fernando VII y en sus casos los de su dinastía o de otra reinante serán los Emperadores, para hallarnos ya con un monarca ya hecho y precaver los atentados de ambición).
En primer lugar don Fernando VII de España, llamado “el Deseado” o “el Rey Felón” , Rey católico de España ; y por su renuncia o no admisión, su hermano el serenísimo señor Infante don Carlos; y por su renuncia o no admisión otros príncipes de la casa real española , y por renuncia o no admisión de ser estos, “ el que las Cortes del nuevo Imperio decidan; se nombrara inmediatamente, conforme al espíritu del Plan de Iguala, una junta compuesta por los primeros hombres del imperio, que se llamará junta provisional gubernativa; la junta provisional de gobierno nombrará, enseguida de la elección de su presidente, una regencia compuesta de tres personas de su seno o fuera de él, en quién resida el poder ejecutivo, y que gobierne en nombre del monarca, hasta que esté empuñe el cetro del imperio; la regencia inmediatamente después de nombrada procederá a la convocación de cortes conforme al método que determine la junta provisional del gobierno, lo que es conforme al artículo 24 del plan de Iguala.
(24° Como las Cortes que van a instalarse han de ser constituyentes, se hace necesario que reciban los diputados los poderes bastantes para el efecto; y como a mayor abundamiento es de mucha importancia que los electores sepan que sus representantes han de ser para el Congreso de México y no de Madrid, la junta prescribirá las reglas justas para las elecciones y señalará el tiempo necesario para ellas y para la apertura del Congreso. Ya que no puedan verificarse las elecciones en marzo, se estrechará cuanto sea posible, el término.)
El poder ejecutivo reside en la regencia, el legislativo en las cortes, pero como ha de mediar algún tiempo antes que estas se reúnan para que ambos no recaigan en una misma autoridad, ejercerá la junta del poder legislativo, primero, y entonces procederá de acuerdo con la regencia; los europeos avecindados en Nueva España y los americanos residentes en la península, son libres de continuar en el país de residencia o de trasladarse a otro, si lo prefieren, llevando o trayendo a sus familias o bienes; don Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan se ofrece a emplear su autoridad, para que las tropas españolas verifiquen su salida sin efusión de sangre y por una capitulación honrosa.
PLAN DE IGUALA: Respecto a quién debería gobernar el imperio mexicano. Publicado el 24 de febrero de 1821
Será su emperador el señor don Fernando VII, y no presentándose personalmente en México dentro del término que las Cortes señalaren a prestar el juramento, serán llamados en su caso el serenísimo señor infante don Carlos, el señor don Francisco de Paula, el archiduque Carlos u otro individuo de casa reinante que estime por conveniente el Congreso.
TRATADOS DE LA VILLA DE CÒRDOBA 24 DE AGOSTO DE 1821.
Será llamado a reinar en el Imperio mexicano (previo juramento que designa el artículo 4º del plan), en primer lugar el señor don Fernando VII, Rey católico de España; y por su renuncia o no admisión, su hermano el Serenísimo Señor infante don Carlos; por su renuncia o no admisión, el Serenísimo Señor infante don Francisco de Paula; por su renuncia o no admisión, el Serenísimo Señor don Carlos Luis, infante de España, antes heredero de Etruria, hoy de Luca; y por renuncia o no admisión de éste, el que las Cortes del Imperio designen..
QUE MODIFICO AGUSTÍN COSME DAMIÁN DE ITURBIDE Y ARÁMBURU,
DEL PLAN ORIGINAL _ DE IGUALA
Breve examen del documento de los tratados de Córdoba
Modificación importante que se hace al Plan de Iguala. Ambición de Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu tal fue el tratado de Córdoba, se confirma el plan de Iguala, modificándolo en el importante punto de la designación de las personas que se llamaban a ocupar el trono del nuevo imperio; pues además de señalar para ello al rey Fernando VII y en su lugar a los infantes españoles, caso de no aceptar el rey ni los infantes, las cortes elegirán al soberano, sin expresar que había de ser de casa reinante, como se fijo en el Plan de Iguala. Agustín Cosme Damián de Iturbide y Arámburu dejo con esto abierta la puerta de su ambición y Juan José Rafael Teodomiro de O’Donojú y O’Ryan empeñado únicamente en asegurar el trono a los príncipes de la casa de España, no reparo en variación que Iturbide había introducido.
Esa es la razón por la cuál los historiadores, consideran a Iturbide como traidor a los ideales de la patria y tal motivo no aparecen los tratados de Córdoba como una efeméride nacional.
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