Río Blanco, Ver.- La decisión de excluir a un periodista del grupo oficial de WhatsApp mediante el cual el Ayuntamiento de Río Blanco difunde información institucional ha generado preocupación entre integrantes del gremio, al considerar que este tipo de acciones pueden representar una restricción al derecho de acceso a la información pública y un trato desigual hacia los medios de comunicación.
De acuerdo con la denuncia, la administración municipal habría retirado al comunicador del canal oficial bajo el argumento de que el medio para el que labora no publicaba los boletines emitidos por el Ayuntamiento, privilegiando una línea informativa propia e independiente.
La medida resulta especialmente delicada debido a que ese grupo constituye el principal o único mecanismo de distribución de información oficial para la prensa, ya que condicionar el acceso a información pública con base en la cobertura editorial de un medio vulnera principios fundamentales de libertad de expresión, libertad de prensa y derecho de acceso a la información, protegidos por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La relación entre las autoridades y los medios de comunicación no puede estar sujeta a criterios de afinidad editorial ni al nivel de difusión que se otorgue a los boletines institucionales. El acceso a la información pública debe garantizarse en condiciones de igualdad para todos los representantes de los medios, independientemente de su línea informativa o postura crítica frente a la administración.
Especialistas en derecho y transparencia coinciden en que, aunque una acción de esta naturaleza no configura por sí misma un delito, sí puede derivar en responsabilidades administrativas e incluso constituir una vulneración a derechos humanos si se acredita que existió un acto discriminatorio o una limitación injustificada al ejercicio periodístico.
Asimismo, advierten que utilizar los canales oficiales de comunicación como mecanismo de presión para incentivar la publicación de contenido institucional o excluir a quienes ejercen un periodismo independiente contraviene los principios de pluralidad, máxima publicidad y transparencia que deben regir el actuar de cualquier autoridad.
Ante una situación de este tipo, la legislación contempla la posibilidad de solicitar una explicación formal sobre la exclusión, exigir que la información institucional continúe proporcionándose por vías oficiales y, de ser necesario, promover quejas ante las instancias competentes en materia de derechos humanos y transparencia.
Por su parte, el Ayuntamiento de Río Blanco y el alcalde José Antonio May no habían emitido un posicionamiento público para explicar las razones de la exclusión denunciada ni para aclarar si todos los medios continúan teniendo acceso en igualdad de condiciones a la información oficial.






















