Se cae amparo de José Abella; vía libre a proceso penal en su contra

El juicio de amparo 921/2025, promovido por el empresario José Abella García para impedir que avanzara el proceso penal 173/2021, terminó en sobreseimiento, dejando sin efecto el obstáculo procesal que pretendía utilizar para frenar la apertura a juicio.

El procedimiento penal deriva de la denuncia presentada contra Abella por hechos relacionados con violencia de género en agravio de la exalcaldesa de Córdoba, Leticia López Landero.

Con la resolución federal, corresponderá ahora a la autoridad judicial de control determinar lo conducente para dar continuidad al proceso y avanzar hacia la etapa de juicio, conforme a las actuaciones que obran en la causa.

Abella, identificado públicamente como “El Loco”, había recurrido previamente a una solicitud de suspensión condicional del proceso y, posteriormente, al juicio de amparo, en un intento por evitar que el procedimiento llegara a la etapa de apertura a juicio.

El empresario acudió a la justicia federal después de que, el 14 de octubre de 2025, se declaró infundado el recurso de revocación que había promovido contra un acuerdo del 3 de octubre de ese año, mediante el cual se había fijado fecha para la audiencia relacionada con el auto de apertura a juicio.


Su argumento central era que el proceso no debía avanzar mientras permaneciera pendiente una nueva solicitud de suspensión condicional del proceso.


Pero mientras el amparo seguía en trámite, el escenario procesal cambió.


El 5 de diciembre de 2025, el juez de control Andrés García Velazco determinó reconducir el procedimiento para escuchar la solicitud de suspensión condicional, abrir el debate correspondiente y resolver conforme a derecho.


Es decir, las actuaciones dentro de la causa penal continuaron mientras el empresario buscaba frenar su avance por la vía federal.


La suspensión condicional del proceso constituye un mecanismo alternativo que puede evitar la celebración de un juicio oral cuando se cumplen los requisitos legales, entre ellos la existencia de un plan de reparación y determinadas condiciones. No obstante, la legislación contempla la posibilidad de oposición fundada de la víctima u ofendido.


En este caso, la defensa de Leticia López Landero ha sostenido ante las autoridades jurisdiccionales que Abella ha continuado realizando expresiones y publicaciones que considera agraviantes a través de El Buen Tono y Radio Bananas.


Ahora corresponderá a la jueza de control Jennifer García Reyes determinar lo conducente respecto de la continuación del procedimiento y, en su caso, de la apertura a juicio, conforme a las resoluciones y actuaciones que integran la causa penal.


El dato central es contundente: el amparo 921/2025 quedó sobreseído y el proceso penal 173/2021 permanece en curso contra “El Loco” Abella.

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