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Ernestina Ascencio: a 19 años, una sentencia que exhibe al Estado

Orizaba, Ver.- Durante casi dos décadas, el nombre de Ernestina Ascencio Rosario fue sepultado bajo versiones oficiales, silencios institucionales y una narrativa que negó sistemáticamente la violencia ejercida contra una mujer indígena nahua de 73 años. Hoy, una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) rompe ese cerco y coloca al Estado mexicano frente a sus responsabilidades.

La mañana del 25 de febrero de 2007, Ernestina salió de su vivienda en la comunidad de Tetlatzinga, municipio de Soledad Atzompa, para pastar a sus ovejas, una rutina cotidiana en la Sierra de Zongolica. No regresó por la tarde.


Horas después, fue localizada gravemente herida. Presentaba golpes severos y signos de violencia sexual. Antes de perder el conocimiento, alcanzó a decir, en su lengua materna, que había sido atacada por “hombres vestidos de verde”. A escasa distancia operaba un campamento del Ejército mexicano, desplegado como parte de la estrategia federal de seguridad iniciada en 2006.


El traslado de Ernestina hacia un centro médico tomó más de 10 horas, una travesía que evidenció el abandono histórico de las comunidades indígenas. Finalmente ingresó al Hospital Regional de Río Blanco, donde murió la madrugada del 26 de febrero sin recibir atención quirúrgica ni contar con intérpretes que permitieran una comunicación adecuada.


Los primeros dictámenes médicos confirmaron la existencia de agresión sexual. Sin embargo, la narrativa cambió abruptamente. Días después, el entonces Presidente de la República declaró públicamente que la causa de muerte había sido una “gastritis crónica”. La versión fue replicada por autoridades federales, estatales y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).


La investigación ministerial se cerró de forma prematura. No se agotaron líneas clave, no se preservaron pruebas fundamentales y se ignoraron los testimonios de la familia. Para los hijos e hijas de Ernestina, la puerta de la justicia se cerró sin explicación.


Por ello la Corte IDH concluyó que el caso estuvo marcado por estereotipos raciales, de género y edad. Ernestina no sólo era mujer, indígena y adulta mayor; también era monolingüe. Estas condiciones, lejos de activar una protección reforzada, se convirtieron en obstáculos.


El Tribunal determinó que el Estado incumplió su deber de garantizar atención médica oportuna y culturalmente pertinente, y que la falta de intérpretes vulneró el derecho a la salud y a la vida.

Asimismo, acreditó que la familia fue intimidada, revictimizada y excluida del proceso de investigación.
El 16 de diciembre de 2025, la Corte Interamericana declaró responsable internacionalmente al Estado mexicano por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario. El fallo no sólo reconoce el crimen, sino que expone un patrón de impunidad institucional y de encubrimiento en contextos de militarización.


Para las organizaciones acompañantes —CESEM, Kalli Luz Marina A.C., CONAMI, AJDH, RFK Human Rights e IIRIDH— la resolución representa una reivindicación histórica. “La verdad negada durante 19 años ha sido reconocida”, sostuvieron.


La Corte ordenó al Estado mexicano reabrir la investigación penal, sancionar a los responsables y ofrecer atención médica y psicológica a los familiares. También dispuso un acto público de reconocimiento de responsabilidad, la capacitación de funcionarios en derechos humanos, el fortalecimiento del Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa y la creación de un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia.


El Estado tiene un año para informar sobre el cumplimiento de estas medidas, bajo supervisión internacional.


Un día después de la notificación oficial de la sentencia, organizaciones nacionales e internacionales que acompañan a la familia de Ernestina Ascencio Rosario emitieron un comunicado en el que calificaron la resolución de la Corte IDH como histórica y como un punto de quiebre frente a casi 19 años de impunidad y negación de justicia por parte del Estado mexicano.


En el pronunciamiento, las representantes de las víctimas subrayaron que la Corte acreditó que la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina no fueron hechos aislados, sino consecuencia de violencia institucional, discriminación estructural y violación del derecho a la verdad, factores que garantizaron la impunidad de los responsables.


Destacaron que la sentencia reconoce de manera explícita las barreras estructurales que enfrentan las mujeres indígenas para acceder a la justicia, particularmente cuando confluyen género, origen étnico, edad y pobreza en contextos de militarización, donde se profundizan la violencia y la exclusión.


El comunicado también resalta que la Corte IDH evidenció cómo las declaraciones públicas de altas autoridades del Estado, incluido el entonces Presidente de la República, contribuyeron a desacreditar a la víctima, reforzar estereotipos raciales y perpetuar la impunidad, profundizando la vulnerabilidad de Ernestina y de su familia.


En cuanto a las reparaciones, reiteraron que la Corte ordenó una investigación penal exhaustiva y seria en un plazo razonable, atención médica y psicológica culturalmente adecuada para los familiares, un acto público de reconocimiento de responsabilidad, la publicación íntegra de la sentencia, el fortalecimiento del centro de salud de Soledad Atzompa, la creación de un registro nacional de intérpretes de lenguas indígenas y la otorgación de becas educativas a nietas y nietos de la víctima.


“Estoy muy contenta porque ahora sabemos que sí nos hicieron caso”, expresó Martha Inés Ascencio, hija de la víctima. “A tres meses de cumplir 19 años de la muerte de mi mamá, hoy escuché un poco de justicia, pero falta que el Estado cumpla”, señaló.


Para Patricia Benítez Pérez, coordinadora del CESEM, la sentencia “honra la memoria de doña Ernestina Ascencio Rosario” y dignifica la verdad que fue acallada durante casi dos décadas. En tanto, Julia Marcela Suárez Cabrera, representante de AJDH, subrayó que el fallo abre la puerta a medidas de no repetición que garanticen los derechos de las mujeres indígenas en México.


Las organizaciones firmantes advirtieron que esta jurisprudencia será una herramienta clave contra el racismo estructural y exigieron al Estado mexicano una hoja de ruta clara e inmediata para el cumplimiento integral de la sentencia, recordando que 2025 fue declarado oficialmente como el “Año de las Mujeres Indígenas”.


El caso Ernestina Ascencio permanece como un recordatorio incómodo: cuando el Estado falla, la impunidad se vuelve política pública. Y cuando la justicia llega tarde, lo hace para exhibir todo lo que se quiso ocultar.

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