Xalapa, Ver. En sesión pública virtual del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) confirmó los resultados de la elección municipal de Córdoba, Veracruz.
En el recurso de inconformidad 30 y sus acumulados 52, 53 y 54 de este año, promovidos por el PAN, PRI, PRD y Redes Sociales Progresistas, el Tribunal declaró infundados e inoperantes los agravios establecidos.
En cuanto a las irregularidades genéricas que reclaman en 42 casillas, se declaró infundado; porque del análisis, aun cuando se advierte que existieron ciertas incidencias, ninguna es de las reclamadas, además, que tampoco resultan graves ni determinantes para el resultado de su votación.
Respecto de 39 casillas que dicen existen irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral, se determinó como inoperante; porque no especifican ni acreditan cuáles son las presuntas irregularidades que ocurrieron en esos centros de votación, y del material probatorio tampoco se generan indicios suficientes para ello.
En cuanto a la inelegibilidad del candidato de Morena, se declaró infundado; porque conforme al análisis que se realiza, existe certeza de que cumple con los requisitos de elegibilidad previstos por la ley.
En relación a que el partido Morena se excedió en los gastos de campaña, se propone infundado; porque del análisis al dictamen consolidado de los gastos de campaña emitido por el INE, que es la prueba idónea para ello, se advierte que el candidato de dicho partido y su coalición, no rebasaron el tope de gastos de campaña establecido por el OPLEV.
Conforme a los motivos de agravio del partido Redes Sociales Progresistas, relativos a diversas causas de nulidad de elección, se declararon infundados por una parte e inoperantes por otra; pues como se establece a detalle en el proyecto, ninguno de los agravios planteados por el inconforme se acredita con prueba alguna, y, por ende, no se justifica una nulidad de elección por violaciones a principios constitucionales.