Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la tercera fracción del artículo 11 de la Constitución de Veracruz la cual había sido reformada en agosto del año pasado con la finalidad de permitir que la actual secretaria de Energía, Rocío Nahle pudiera ser candidata a la gubernatura de Veracruz.
Con ello queda invalidada la “Ley Nahle” como se le conoce a la reforma que tenía como finalidad permitir que la originaria de Zacatecas pudiera aspirar a ser gobernadora de la entidad veracruzana.
Los ministros votaron 8 a favor y 3 en contra de la derogación del agregado “con hijos veracruzanos o” que había sido anexado al artículo 11.
El resto de la normatividad queda intacta con lo que una persona que tenga 5 años de residencia comprobable en el estado pueda ser consideraba nativa de Veracruz.
Fue el secretario de estudio y cuenta quien validó la acción de inconstitucionalidad señalando:
“Es procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad. Segundo, se declara la invalidez de la fracción tercera en la porción normativa que indica. Con hijos veracruzanos o, la cual surtirá sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Veracruz. Y el tercero que se publique Diario Oficial de la Federación. Gaceta del Estado y Semanario. El artículo 11 reformado decía: Son veracruzanos “las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.