Zongolica, Ver.– El Ayuntamiento de Zongolica publicó el pasado 25 de febrero la convocatoria oficial para la elección de agentes y subagentes municipales, proceso mediante el cual se renovarán las representaciones en 15 agencias municipales y alrededor de 150 subagencias para el periodo 2026-2030.
La elección se realizará conforme a los lineamientos establecidos por el Congreso del Estado y bajo el principio obligatorio de paridad de género, el cual deberá cumplirse desde la emisión de la convocatoria hasta la integración final de los cargos.
Por primera vez en la historia del municipio, la renovación de autoridades auxiliares aplicará de manera integral el criterio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. En el caso de las 15 agencias municipales, deberán resultar electas siete mujeres y ocho hombres. Para las casi 150 subagencias, al menos 75 deberán ser encabezadas por mujeres, garantizando así el 50 por ciento de representación femenina.
Además, se establecieron reglas específicas para evitar simulaciones en la integración de fórmulas: cuando la persona propietaria sea mujer, la suplencia no podrá recaer en un hombre, con el fin de impedir sustituciones que vulneren la paridad en el ejercicio real del cargo. Las autoridades auxiliares que resulten electas ejercerán funciones del 1 de mayo de 2026 al 30 de abril de 2030.
Los interesados podrán registrarse los días lunes y martes posteriores a la publicación de la convocatoria, presentando la documentación correspondiente en el Salón del Palacio Municipal y la elección podrá realizarse mediante tres modalidades previstas en la Ley Orgánica del Municipio Libre: apoyo ciudadano por escrito, consulta pública abierta o voto secreto y directo, según determine el Cabildo en cada comunidad.
Y es que la Diputación Permanente del Congreso del Estado condicionó la renovación de autoridades auxiliares en los 206 municipios de Veracruz al cumplimiento estricto de reglas de paridad, prevención de violencia política de género y filtros de elegibilidad. Entre los requisitos, se establece que no podrán registrarse personas con sentencia firme por delitos dolosos contra la vida, la integridad corporal o la libertad sexual, ni quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.
Asimismo, los ayuntamientos deberán ordenar las localidades por población —con base en datos oficiales del INEGI— y definir mediante sorteo público el género que encabezará la comunidad más poblada, aplicando posteriormente un esquema de alternancia para el resto. El Congreso fijó como fecha límite para concluir los procesos el 12 de abril de 2026 y advirtió que las convocatorias deberán ajustarse a los criterios constitucionales antes del inicio formal de las elecciones.
El presidente municipal, Ignacio Ramírez Flores, destacó que este proceso representa un ejercicio democrático fundamental, ya que los agentes municipales constituyen el primer vínculo entre el Ayuntamiento y las comunidades, encargándose de la gestión de necesidades locales y la coordinación de proyectos.






















